CANARIOS

DEL

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lunes, 21 de septiembre de 2015

AL FISCAL GENERAL DEL ESTADO

AMIGOS DE MONTESQUIEU 
se han hecho 

 de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso número 5 de Alaurín de la Torre (Málaga) - (Una sentencia del 15)-
(ver post anterior)

 GUIA HISTÓRICO CULTURAL DE TELDE 

- de fecha 9/09/15 - 
( http://www.ghct-noticias.com/index.php/sociedad/7689-amigos-de-montesquieu-aviso-al-contubernio-canario) 

por la que dos cargos de confianza del ayuntamiento del dicho municipio 
(nombrados por PP y PSOE respectivamente) 
han sido cesados de su puesto en cumplimiento de la referida sentencia y tendrán que devolver las nóminas que han percibido desde julio del 2007, mes en el que entraron como administrativos coordinadores de los dos grupos políticos, a razón de 950 euros mensuales cada uno de dicho cargos nombrados de forma digital (a dedo).

El día  
- 11 de septiembre de 2015 - 
en el periódico 
LA PROVINCIA 
- GRAN CANARIA - 
Página 26 - se publica el artículo
    CONVOCAR  UN PUESTO PÚBLICO PARA 


firmado por 
Dolores Sánchez 
en la que relata la 
"ilegal y habitual práctica"

 de nombramientos en las instituciones públicas
  CABILDOS Y 
AYUNTAMIENTOS DE TODA CANARIAS   
sin ajustarse a la legalidad vigente ni a las sentencia dictadas por los Tribunales Superiores de Justicia de Canarias ni a la Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Se hace referencia a los nombramientos
  BOP 103 -14/08/15;
 BOP 105 - 19/08/15
 y
 BOP 109 -28/08/15. 

Termina el artículo 
- Dolores Sánchez - 
de forma irónica: 
"En casos de esos ayuntamientos y cabildos...lo mejor sería - en lugar de procedimientos tan trucados - nombrar directamente al ya elegido previamente. 
Es tan ilegal una acción como la otra pero al menos, 
ES UN DETALLE NO INSULTAR, DE ESTA MANERA TAN PÍCARA, LA INTELIGENCIA DE LOS CIUDADANOS".


Finalmente como extremo negativo, reaparece el 
Cabildo tinerfeño 
con la designación publicada en el 
BOP de 26/08/15  
GOLAZO POR LA ESCUADRA

DEL RESPONSABLE DE ESTE NOMBRAMIENTO.  

Ni siquiera se molesta en hacer convocatoria pública para elegir a un político como director general (al menos no engaña a nadie) ; 
EL PUESTO DE EMPLEADO PÚBLICO ES PARA 


- En virtud de los hechos relatados y ciñéndonos - fundamentalmente  - 
al AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE TELDE
-GRAN CANARIA -
 donde las viejas prácticas de nombramientos que dieron lugar al 
CASO FAYCÁN 


siguen produciéndose con total impunidad a pesar de los requerimientos efectuados a través de entrevistas personales, notariales y redes sociales. 

- Como ya hicieron constar numerosos miembros del 
COLECTIVO AMIGOS DE MONTESQUIEU...
"el acceso a los cargos públicos mediante la presentación del LIBRO DE FAMILIA Y CARNET DE PARTIDO tiene fecha de caducidad - AÑO 2015 -

- El artículo 6 del Código Civil dispone que: 
"El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento". 

- Los políticos y autoridades deben tener presente lo dispuesto en los artículos 
145 y 
146 de la 
Ley 30/1992, 
de 26 de noviembre, 
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y 
del Procedimiento Administrativo Común.

Igualmente no deben olvidar lo dispuesto en el 
CÓDIGO PENAL

 -De la prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos

Artículo 404
A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años. 

Artículo 408
La autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.


- Por todo ello - 
SOLICITAMOS AL FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE LA INSTRUCCIONES PERTINENTES A LOS FISCALES ANTICORRUPCIÓN DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Y LAS PALMAS A FIN DE QUE SE INVESTIGUEN 
- DE OFICIO - 
TODOS Y CADA UNO DE LOS NOMBRAMIENTOS DE LOS LLAMADOS
 "CARGOS DE CONFIANZA"

 a fin de que todos aquellos que no se ajusten a la legalidad vigente sean 
CESADOS EN SUS PUESTOS 

con las consecuencias administrativas,  
civiles y penales 
que puedan derivarse de los dichos nombramientos 
ILEGALES.  
            
Es de Justicia -

Las Palmas de Gran Canaria, 12 de septiembre de 2015

COLECTIVO 
- AMIGOS DE MONTESQUIEU -

Rogamos a TODOS LOS AMIGOS DE MONTESQUIEU que conozcan de este tipo de nombramiento en PARLAMENTO, CALBIDOS, AYUNTAMIENTOS E INSTITUCIONES PÚBLICAS DERIVADAS (Empresas Públicas con contratos privados realizados con nocturnidad y alevosía)  dirijan la DENUNCIA - AÑADIENDO - LA INSTITUCIÓN QUE QUIEREN QUE SE INVESTIGUE AL QUE PERTENECE DICHO EL CARGO O CARGOS NOMBRADOS DE FORMA ILEGAL.-

- AMIGOS DE MONTESQUIEU HACEMOS DEMOCRACIA DEL 15 -

“Si el vaso no está limpio, lo que en él derrames se corromperá.” 
 Horacio

Ánimo a todos... 
- TODO CAMBIA - 

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